ELECCIONES PRIMARIAS PARA MIEMBRO DEL SENADO

De manera urgente, por los procedimientos legales que exigen tener a nuestro representante el próximo día 7, Se abrió un procedimiento de elección excepcional por el cual elegiremos a nuestros representantes al senado.

Como todos los procesos, es abierto a todos los miembros de PODEMOS, pudiendo presentar candidatura en el siguiente enlace:

https://participa.podemos.info/primarias-comunitat-valenciana-candidaturas-senado

Los plazos y principales puntos destacables del REGLAMENTO CONSULTA PODEMOS AL SENADO son los siguientes:

 senado

Principio de neutralidad (Artículo 5)

Las estructuras oficiales de Podemos tienen la responsabilidad de ser canalizadoras de este proceso y, por tanto, deben ser neutrales tanto en sus actividades como en sus cuentas de redes sociales. Esto implica que desde las cuentas oficiales de órganos y círculos (redes sociales, correo electrónico, etc.) no se podrá hacer difusión de las personas candidatas, sino solamente del proceso en su conjunto.

Sufragio Pasivo (Artículo 6) Quien puede presentarse

Toda persona mayor de 18 años que cumpla lo establecido en la legislación vigente, especialmente en la LEY 9/2010, de 7 de julio, de la Generalitat de Designación de Senadores o Senadoras en Representación de la Comunitat Valenciana, como condición de elegibilidad, y que adquiera el previo compromiso de cumplimiento de los documentos  probados en la Asamblea Ciudadana “Sí Se Puede”, los reglamentos surgidos de los órganos de PODEMOS, su Código Ético y el reglamento por el que se regula el régimen económico de los cargos electos y grupos parlamentarios de Podemos.

Las candidaturas podrán presentarse en listas o de manera individual.

Aval de las candidaturas (Artículo 7)

Todos los candidatos y candidatas serán avalados automáticamente por el Consejo Ciudadano Valenciano debido a la premura del presente proceso con el objetivo de garantizar un proceso lo más participativo posible y para facilitar el acceso a todas aquellas personas que deseen presentar su candidatura y cuyos círculos no se reúnan durante el plazo de inscripción.

Procedimiento de voto (Artículo 16)

El voto se emitirá telemáticamente a través de www.participa.podemos.info Podrán habilitarse  mesas presenciales para facilitar el voto telemático a la ciudadanía. Cada elector o electora deberá votar como máximo a un hombre y a una mujer.

Corrección de los resultados de la votación (Artículo 18)

Saldrán electas las personas más votadas, con la única corrección de género, ya que deben ser elegidos un hombre y una mujer.

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